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La falta de un sistema de cotización ajustado a los ingresos reales da lugar a que el 80% de los autónomos esté cotizando, hoy por hoy, por la base mínima lo que redunda en unas coberturas sociales muy limitadas, especialmente la pensión del autónomo que es irriosoria si el trabajador siempre ha cotizado por la base mínima.
Debe tenerse en cuenta que los trabajadores que, a 1 de enero de 2018, tengan 47 años de edad, si su base de cotización fuera inferior a 2.023,50 euros mensuales, no podrán elegir una base de cuantía superior a 2.023,50 euros mensuales, salvo que ejerciten su opción en tal sentido antes del 30 de junio de 2018, produciendo efectos a partir del 1 de julio del mismo año. Hay que pensar que, en el momento actual, para hacer el cálculo orientativo de pensión, se tienen en cuenta las bases de los últimos 21 años, por lo que conviene tenerlo en cuenta
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